POLÍTICA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA

PRESENTACIÓN

En cumplimiento de la normativa colombiana vigente en materia de transparencia, prevención del fraude, corrupción y soborno, en especial lo dispuesto en la Ley 2195 de 2022 y las disposiciones aplicables a entidades sin ánimo de lucro, la Fundación Puntoaparte adopta el presente Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).

Como entidad sin ánimo de lucro, comprometida con el bienestar social y ambiental, entendemos que la ética no es solo un requisito legal sino un principio estructural de nuestra gestión institucional. La confianza, uno de nuestros valores centrales, se materializa en prácticas organizacionales transparentes, responsables y coherentes con nuestro propósito superior.

El PTEE establece lineamientos, mecanismos y controles orientados a:

  • Prevenir el fraude, la corrupción y el soborno.
  • Mitigar riesgos asociados a conflictos de interés.
  • Promover una cultura organizacional basada en la integridad, la coherencia y la corresponsabilidad.
  • Garantizar la adecuada gestión de recursos públicos, privados y de cooperación.
  • Fortalecer relaciones transparentes con colaboradores, comunidades, aliados estratégicos, donantes, proveedores y entidades públicas. Este programa es de obligatorio cumplimiento para miembros de junta directiva, dirección ejecutiva, colaboradores, contratistas, proveedores y terceros vinculados a la Fundación. El PTEE se articula con las políticas institucionales vigentes, en especial:

  • Política contra el Fraude y la Corrupción.
  • Política de Tratamiento de Datos Personales.
  • Política de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ( PSEA/Salvaguarda).
  • Código de Ética y Conducta.

En la Fundación Puntoaparte asumimos la transparencia como una práctica activa que se expresa en la coherencia entre lo que pensamos, decimos y hacemos.

La integridad institucional es condición esencial para generar impacto social legítimo, sostenible y replicable en los territorios donde actuamos.

1. MARCO NORMATIVO

El presente Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) se adopta en cumplimiento de:

  • Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción.
  • Ley 2195 de 2022 – Medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción.
  • Código Penal Colombiano (Delitos contra la administración pública, lavado de activos y financiación del terrorismo).
  • Ley 1581 de 2012 – Protección de Datos Personales.
  • Decreto Distrital 323 de 2016 – Inspección, Vigilancia y Control de ESAL en Bogotá.
  • Demás normas aplicables a las entidades sin ánimo de lucro en Colombia.

2. OBJETIVO
2.1 OBJETIVO GENERAL

Establecer el marco general de actuación de Fundación Puntoaparte para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente y de las políticas institucionales en materia de Transparencia y Ética Empresarial, así como para prevenir, identificar, mitigar y gestionar riesgos asociados a corrupción, soborno, fraude, conflictos de interés y demás conductas contrarias a la ley y a los principios institucionales.

Este objetivo aplica a todos los procesos, áreas, programas y proyectos de la Fundación, garantizando que el desarrollo de sus actividades misionales, administrativas y contractuales se realice bajo criterios de integridad, legalidad, responsabilidad y coherencia institucional.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
El Programa de Transparencia y Ética Empresarial – PTEE de la Fundación

Puntoaparte tiene como objetivos específicos:

  • Identificar, evaluar y mitigar los riesgos de corrupción, soborno, fraude, conflictos de interés, lavado de activos y financiación del terrorismo en todos los procesos institucionales.
  • Promover una cultura organizacional basada en la integridad, la transparencia, la legalidad y la corresponsabilidad.
  • Implementar mecanismos eficaces para prevenir, detectar, investigar y corregir conductas contrarias a la ética institucional, tanto internas como en el relacionamiento con terceros.
  • Establecer canales seguros, confidenciales y accesibles para la recepción de denuncias.
  • Fortalecer los controles internos, administrativos, financieros y contractuales que garanticen la adecuada gestión de los recursos. 3. ALCANCE El presente Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) de la Fundación Puntoaparte tiene alcance integral y transversal sobre todas las actividades, procesos, programas y proyectos desarrollados por la entidad, sin excepción. Comprende las actuaciones administrativas, financieras, contables, contractuales, operativas y misionales, tanto a nivel central como territorial, así como cualquier relación jurídica, contractual o de cooperación que la Fundación establezca con terceros. El PTEE vincula de manera obligatoria a los órganos de dirección y administración, colaboradores, contratistas, proveedores, aliados estratégicos, donantes y demás personas naturales o jurídicas que actúen en nombre o representación de la Fundación, o que participen en la ejecución de recursos públicos o privados administrados por esta. En consecuencia, todas las decisiones, actuaciones y relaciones institucionales deberán ajustarse a los principios de legalidad, transparencia, integridad, debida diligencia y responsabilidad, con el fin de prevenir riesgos de corrupción, soborno, fraude, lavado de activos, financiación del terrorismo y cualquier otra conducta contraria a la normativa vigente y a los valores institucionales.

4. GOBERNANZA Y RESPONSABILIDADES

La implementación, supervisión y cumplimiento del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) de la Fundación Puntoaparte se fundamenta en un esquema de gobernanza que distribuye responsabilidades claras entre los órganos de dirección, administración, control y ejecución, garantizando el principio de corresponsabilidad y la debida diligencia institucional.

4.1 Junta Directiva

La Junta Directiva, como máximo órgano de dirección, es responsable de la adopción formal del PTEE y de la supervisión estratégica de su cumplimiento. En desarrollo de esta función deberá:

  • Aprobar el Programa de Transparencia y Ética Empresarial y sus actualizaciones mediante acta formal.
  • Verificar que la administración implemente mecanismos adecuados de prevención y control de riesgos de corrupción.
  • Evaluar periódicamente los informes de cumplimiento presentados por el Representante Legal o el Responsable de Cumplimiento (cuando aplique).
  • Adoptar decisiones correctivas cuando se identifiquen incumplimientos o debilidades en el sistema de control interno.

Su rol propio de los administradores de entidades sin ánimo de lucro es indelegable en materia de supervisión y responde al deber de diligencia

4.2 Representante Legal

El Representante Legal es el responsable directo de la implementación operativa del PTEE y de asegurar su efectiva aplicación en todos los procesos institucionales. En ejercicio de sus funciones deberá:

  • Garantizar la ejecución integral del programa.
  • Asignar los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su funcionamiento.
  • Promover la cultura de ética y transparencia dentro de la Fundación.

  • Presentar informes periódicos de gestión y cumplimiento ante la Junta Directiva.
  • Adoptar medidas correctivas y disciplinarias cuando corresponda.
    La responsabilidad del Representante Legal incluye la debida diligencia en el relacionamiento con terceros y la supervisión del cumplimiento normativo. 4.3 Oficial o Responsable de Cumplimiento (cuando aplique) Cuando la estructura organizacional lo permita, la Fundación podrá designar un Responsable de Cumplimiento encargado de coordinar técnicamente el PTEE. Sus funciones incluirán:

  • Administrar y actualizar la matriz de riesgos de corrupción.
  • Coordinar los procesos de debida diligencia frente a contrapartes.
  • Recibir, gestionar y documentar denuncias o reportes de posibles irregularidades.
  • Elaborar informes periódicos de seguimiento y mejora.
  • Recomendar ajustes al sistema de prevención y control.
    Este rol deberá ejercerse con independencia funcional y confidencialidad. 4.4 Colaboradores y Terceros Todos los colaboradores, contratistas, proveedores, aliados estratégicos y demás terceros vinculados a la Fundación Puntoaparte tienen el deber de actuar conforme a los principios de integridad, legalidad y transparencia. En consecuencia, deberán:

  • Cumplir las disposiciones contenidas en el PTEE y en las políticas institucionales relacionadas.
  • Reportar oportunamente cualquier hecho que pueda constituir una irregularidad o riesgo de corrupción.
  • Declarar de manera previa y formal cualquier conflicto de interés real, potencial o aparente.

• Abstenerse de participar en decisiones cuando exista afectación a la imparcialidad.

El incumplimiento de estas obligaciones podrá generar consecuencias disciplinarias, contractuales o legales según corresponda.

5. IDENTIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL RIESGO

La Fundación Puntoaparte implementará un sistema estructurado de identificación, análisis y gestión de riesgos asociados a corrupción, soborno, fraude, conflictos de interés, lavado de activos y financiación del terrorismo, mediante la adopción y mantenimiento de una Matriz de Riesgos de Corrupción.

Dicha matriz permitirá identificar los riesgos inherentes a los procesos administrativos, financieros, contractuales y misionales de la Fundación, evaluar su probabilidad de ocurrencia y su impacto potencial, así como determinar los controles existentes y su efectividad. Con base en este análisis, se definirán planes de mitigación orientados a reducir la exposición al riesgo y fortalecer los mecanismos preventivos y correctivos.

La gestión del riesgo será un proceso dinámico y continuo, que incluirá seguimiento periódico, actualización de controles y ajustes a los planes de acción cuando se identifiquen cambios en el entorno normativo, institucional o territorial. La Matriz de Riesgos será revisada como mínimo una vez al año, o antes si se presentan modificaciones relevantes en la estructura organizacional, en los procesos institucionales o en la regulación aplicable.

La gestión de riesgo se implementará bajo el enfoque de mejora continua y principio de autocontrol.

6. POLÍTICA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN

La Fundación Puntoaparte adopta una política de cero tolerancia frente a cualquier forma de fraude, corrupción, soborno, apropiación indebida de recursos, manipulación de información, conflicto de interés no declarado o cualquier conducta que atente contra la legalidad, la transparencia y la integridad institucional. En consecuencia, se prohíbe de manera expresa ofrecer, prometer, autorizar o recibir beneficios indebidos, dádivas, comisiones ilegales o cualquier tipo de ventaja que busque influir en decisiones administrativas, contractuales o misionales. Esta política aplica a todos los niveles de la organización y a los terceros vinculados, e incorpora

mecanismos de prevención, detección, reporte e investigación de posibles irregularidades, garantizando el debido proceso y la adopción de medidas correctivas y sancionatorias cuando corresponda. Su cumplimiento es obligatorio y constituye un principio rector del actuar institucional.

7. POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

La Fundación Puntoaparte garantiza el tratamiento adecuado, responsable y seguro de los datos personales recolectados en el desarrollo de sus actividades, en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 y sus normas reglamentarias. La Fundación se compromete a respetar los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad en el manejo de la información. Los datos personales serán recolectados únicamente para fines legítimos relacionados con la misión institucional y serán tratados mediante medidas técnicas, humanas y administrativas que protejan su integridad y eviten su uso indebido, acceso no autorizado, pérdida o alteración. Los titulares podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de consulta, actualización, rectificación y supresión conforme a los canales institucionales dispuestos para tal fin.

8. POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (PSEA / SALVAGUARDA)

La Fundación Puntoaparte adopta una política de protección integral de niñas, niños y adolescentes, basada en el principio del interés superior del menor y en el enfoque de derechos, conforme a la Constitución Política de Colombia y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia). La Fundación mantiene una política de cero tolerancia frente a cualquier forma de abuso, explotación, violencia, negligencia o conducta que ponga en riesgo la integridad física, psicológica o emocional de esta población. En el marco de la salvaguarda (PSEA), se implementarán protocolos de prevención, formación, reporte y actuación inmediata ante cualquier situación de riesgo, garantizando confidencialidad, protección de la víctima y activación de rutas legales cuando corresponda. Esta política es obligatoria para colaboradores, contratistas y terceros que interactúen directa o indirectamente con población menor de edad.

9. CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

El Código de Ética y Conducta de la Fundación Puntoaparte establece los principios, valores y lineamientos que orientan el comportamiento de sus órganos de dirección, colaboradores y terceros vinculados. Este código define estándares claros de integridad, respeto, transparencia, responsabilidad, imparcialidad y compromiso social, que deben regir todas las actuaciones institucionales. Asimismo, establece criterios para la gestión de conflictos de interés, el uso adecuado de recursos, el relacionamiento con autoridades y contrapartes, y el respeto por la dignidad humana en todos los contextos de intervención. El cumplimiento del Código es obligatorio y constituye un compromiso institucional permanente con la legalidad y la coherencia ética en el desarrollo de la misión fundacional.

10. CONFLICTO DE INTERÉS

La Fundación Puntoaparte reconoce que la transparencia en la toma de decisiones es un pilar esencial de su integridad institucional. En consecuencia, todo colaborador, directivo, contratista o tercero vinculado deberá declarar de manera oportuna cualquier situación en la que intereses personales, familiares, profesionales o económicos puedan influir, interferir o aparentar interferir con el cumplimiento objetivo de sus funciones o con la adopción de decisiones institucionales.

Cuando se configure un conflicto de interés real, potencial o aparente, el involucrado deberá informarlo por escrito al superior jerárquico o al Responsable de Cumplimiento y abstenerse inmediatamente de participar en la deliberación, evaluación o decisión correspondiente. La Fundación adoptará las medidas necesarias para garantizar la imparcialidad, prevenir riesgos reputacionales y proteger la confianza institucional.

11. DEBIDA DILIGENCIA Y CONTRAPARTES

La Fundación Puntoaparte implementará procedimientos de debida diligencia orientados a prevenir riesgos asociados a corrupción, lavado de activos, financiación del terrorismo y otras conductas ilícitas en el relacionamiento con contrapartes. Estos procedimientos incluirán, como mínimo, la consulta en listas restrictivas nacionales e internacionales, la validación de antecedentes legales y reputacionales, la

verificación documental contractual y la trazabilidad financiera de las operaciones realizadas.

La Fundación se abstendrá de establecer o mantener relaciones contractuales, comerciales o de cooperación con personas naturales o jurídicas que se encuentren vinculadas a actividades ilícitas o incluidas en listas restrictivas oficiales. La debida diligencia será un requisito previo y permanente en cualquier vínculo institucional.

12. CANALES DE DENUNCIA

Con el fin de promover la transparencia y la detección temprana de irregularidades, la Fundación Puntoaparte dispondrá de canales seguros y accesibles para la recepción de denuncias relacionadas con posibles incumplimientos del PTEE o de las políticas institucionales. Entre estos se incluye el siguiente correo electrónico institucional fundacion@puntoaparte.com.co, la comunicación directa con el Responsable del PTEE (o el oficial de cumplimiento cuando aplique) y un canal virtual disponible en la página web institucional, www.puntoapartefundacion.com.co

La Fundación garantizará la confidencialidad de la información recibida, la protección contra cualquier forma de represalia y el respeto al debido proceso. Las denuncias podrán realizarse de manera identificada o anónima, y serán gestionadas bajo criterios de objetividad, reserva y responsabilidad.

13. INVESTIGACIÓN Y RÉGIMEN SANCIONATORIO

Ante la presunta ocurrencia de conductas contrarias al PTEE o a las políticas institucionales, la Fundación Puntoaparte iniciará un proceso interno de verificación o investigación, asegurando el respeto al derecho a la defensa y a las garantías del debido proceso. Con base en los resultados obtenidos, la Fundación podrá adoptar medidas disciplinarias, contractuales o administrativas, de conformidad con la normativa aplicable y los reglamentos internos.

Cuando los hechos puedan constituir infracción legal o delito, se procederá a realizar los reportes correspondientes ante las autoridades competentes. Las decisiones adoptadas buscarán proteger la integridad institucional, la legalidad y la confianza en la gestión de la Fundación.

14. CAPACITACIÓN Y CULTURA ÉTICA

La Fundación Puntoaparte promoverá de manera permanente una cultura organizacional basada en la integridad, la legalidad y la transparencia, mediante la implementación de actividades periódicas de formación y sensibilización dirigidas a directivos, colaboradores y terceros vinculados. Estas actividades abordarán temas relacionados con ética institucional, prevención de la corrupción, gestión del riesgo, debida diligencia y cumplimiento normativo.

La capacitación será considerada un mecanismo preventivo esencial para fortalecer la conciencia ética, reducir la exposición a riesgos y consolidar comportamientos coherentes con los valores institucionales.

15. MONITOREO Y MEJORA CONTINUA

El Programa de Transparencia y Ética Empresarial de la Fundación Puntoaparte será objeto de evaluación y seguimiento periódico con el fin de verificar su eficacia y pertinencia frente a los riesgos identificados. El PTEE será revisado al menos una vez al año y actualizado cuando se presenten cambios en la normatividad aplicable, se identifiquen nuevos riesgos o se detecten debilidades en los controles internos existentes.

La mejora continua será un principio rector del sistema de prevención, asegurando que los mecanismos adoptados evolucionen conforme al contexto institucional, normativo y territorial en el que opera la Fundación.

16. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) y en las políticas complementarias adoptadas por la Fundación Puntoaparte dará lugar a la imposición de las medidas disciplinarias, contractuales o legales que correspondan, de acuerdo con la normativa vigente y los reglamentos internos aplicables.

Las conductas que vulneren los principios de integridad, transparencia y legalidad podrán generar consecuencias administrativas internas, incluyendo amonestaciones, suspensiones, terminación del vínculo laboral o contractual, según la gravedad de los hechos y conforme a lo establecido en el Reglamento

Interno de Trabajo, el contrato suscrito o las disposiciones civiles o comerciales aplicables.

Cuando los hechos puedan constituir infracción legal o delito, la Fundación procederá a poner en conocimiento de las autoridades competentes la información correspondiente, sin perjuicio de las acciones internas que haya lugar.

En todo caso, se garantizará el respeto al debido proceso, el derecho a la defensa y la posibilidad de presentar descargos, de conformidad con la legislación colombiana y los procedimientos internos vigentes. Las decisiones sancionatorias deberán estar debidamente motivadas y documentadas.

El presente Programa de Transparencia y Ética Empresarial fue aprobado mediante Acta No. 01 del 17 de febrero de 2026 en asamblea extraordinaria y rige a partir de su aprobación. Su actualización será responsabilidad de la Junta Directiva.

La presente política entra en vigor a partir del 17 de febrero de dos mil veintiséis (2026)

Publíquese, notifíquese y cúmplase.

ANA MARIA CIFUENTES CHAPARRO

Representante Legal Fundación Puntoaparte

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